Consejos de la UMIP dotan al Rector de facultades extraordinarias ante Covid-19

Siguiendo los lineamientos del Decreto Ejecutivo No. 64 del 28 de enero de 2020, que establece medidas sanitarias ante la amenaza por el brote del nuevo Coronavirus, el Consejo Administrativo de la Universidad Marítima Internacional de Panamá (UMIP), dotó al rector Víctor Luna Barahona de facultades extraordinarias para tomar decisiones, de la manera más eficiente y oportuna posible, durante la crisis de contagio que vive el país.

Las disposiciones, que se suman a la medida de reemplazar en la UMIP, la educación presencial por la educación a distancia en la modalidad virtual, se ha tomado con el fin de proteger la vida y salud los estudiantes, cadetes, docentes y personal administrativo; permitiendo al rector Luna Barahona tomar las decisiones administrativas que sean necesarias para preservar la integridad de los miembros de la comunidad UMIP, ante la inminente presencia en nuestro país del Coronavirus.

El Consejo Administrativo Extraordinario, número N° 01-20, que se llevó a cabo el 12 de marzo de 2020, igualmente aprobó que, a partir del lunes 16 de marzo de 2020, se pondrá en ejecución un horario especial para el personal administrativo.

Los servidores asistirán a laborar de manera presencial sólo dos días y medio en la semana, a través de la figura del teletrabajo, que fue aprobado el pasado 18 de febrero mediante la Ley N° 126 de 18 de febrero de 2020.  

Las jornadas de trabajo se dividirán en dos grupos:  el primero de ellos, laborará los días lunes y martes, en horario normal (de 8am a 4pm) y el miércoles, de 8am a 12md, mientras que el otro grupo, laborará desde las 12md del miércoles hasta las 4pm; y los días jueves y viernes en horario normal.

Cada unidad administrativa determinará los días en que su personal asistirá a laborar, para no afectar el funcionamiento de esta casa de estudios superiores. 

Durante el tiempo que los servidores públicos, laborarán de manera virtual desde sus hogares bajo la figura del teletrabajo, estarán a completa disposición a distancia de su jefe inmediato.

El teletrabajo ?consiste en la prestación de servicios subordinados, sin la presencia física en el centro de trabajo o entidad pública, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales, se ejerce el control y la supervisión de las labores?.

Adicionalmente, el Consejo Administrativo, luego de analizar  y discutir las repercusiones que tendría para la UMIP, no adoptar medidas extraordinarias y urgentes para el personal administrativo con enfermedades crónico-degenerativas que asisten  a laborar en medio de esta crisis, exponiendo su salud y bienestar personal, autorizó que este personal y los adultos mayores, puedan ausentarse de sus labores habituales durante el período que dure la crisis, bajo la figura de teletrabajo, pero en jornada completa.

También se autorizó el uso y distribución digital de los formularios, registros y demás información documentada del Sistema de Gestión de Calidad, así como las autorizaciones en digital de estos documentos para facilitar las operaciones administrativas y académicas de UMIP.

El Consejo Administrativo es el órgano colegiado de gobierno de la UMIP que evalúa y decide sobre los asuntos administrativos, económicos, financieros y patrimoniales.